Tratamiento tributario y laboral de la entrega de canastas navideñas al personal

Durante las festividades de fin de año, es común que las empresas busquen reconocer el esfuerzo de su personal a través de diversos obsequios, como canastas navideñas, productos típicos de la temporada o incluso celebraciones especiales. Estas prácticas no solo refuerzan la relación entre las organizaciones y sus equipos, sino que también pueden contribuir a generar un ambiente laboral más positivo y motivador. Sin embargo, más allá de su naturaleza simbólica o de reconocimiento, estos gestos tienen implicancias fiscales y laborales que deben ser consideradas para garantizar un manejo adecuado y cumplir con las disposiciones legales vigentes.

Las normativas tributarias y laborales aplicables a este tipo de beneficios no siempre son evidentes y pueden variar dependiendo de la naturaleza del obsequio o la actividad. Por ello, es fundamental que las empresas comprendan cómo se regulan estas prácticas en términos fiscales, como deducciones, impuestos aplicables y la documentación requerida, así como su impacto en el ámbito laboral, incluyendo su clasificación y efectos sobre las obligaciones sociales y de registro. A continuación, se detallan los principales aspectos que deben tomarse en cuenta para un manejo eficiente y conforme a las normas.

Tratamiento tributario

Obsequios navideños: canastas, pavos, panetones y otros bienes

Según el artículo 37° del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto a la Renta, para determinar la renta neta de tercera categoría es posible deducir de la renta bruta los gastos necesarios para producirla y mantener su fuente, siempre que no estén explícitamente prohibidos. Dentro de estos, el inciso l) considera deducibles los aguinaldos, gratificaciones y otros beneficios otorgados al personal, incluyendo aquellos entregados con motivo de cese laboral.

En este contexto, las canastas navideñas y otros obsequios son catalogados como aguinaldos. Por lo tanto, su entrega cumple con el principio de causalidad y puede ser considerada un gasto deducible para fines del Impuesto a la Renta.

Sin embargo, estas entregas se realizan a título gratuito y deben registrarse mediante una boleta de venta, de acuerdo con el artículo 8°, numeral 8, del Reglamento de Comprobantes de Pago. Además, al calificar como retiro de bienes, están sujetas al Impuesto General a las Ventas (IGV). La empresa puede deducir como crédito fiscal el IGV pagado en la adquisición de estos bienes.

Respecto al Impuesto a la Renta del trabajador, el valor de los bienes entregados se considera ingreso de quinta categoría, conforme al artículo 34°, inciso a), de la Ley del Impuesto a la Renta. Por ello, debe integrarse al cálculo anual del impuesto correspondiente.

Celebraciones y gastos recreativos

El inciso ll) del artículo 37° de la Ley del Impuesto a la Renta permite deducir gastos destinados a servicios recreativos, culturales, educativos y de salud para el personal. En el caso de celebraciones navideñas y similares, estas califican como gastos recreativos siempre que respeten el principio de causalidad, evidenciando su contribución a mejorar el ambiente laboral y, en consecuencia, la productividad.

Es importante tener en cuenta el límite de deducción establecido: un máximo del 0,5% de los ingresos netos del ejercicio y hasta 40 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

Tratamiento laboral

Los obsequios navideños, como canastas, pavos o panetones, no son considerados remuneración para efectos de aportes y contribuciones sociales (AFP, ONP, EsSalud), según lo dispuesto en el artículo 19, inciso d), de la Ley de CTS y el artículo 7° de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral. Esto implica que no están sujetos a descuentos ni aportes relacionados.

Sin embargo, deben incluirse en la planilla de pago bajo el rubro de conceptos "no remunerativos", cumpliendo con las disposiciones legales mencionadas. Esto asegura una correcta diferenciación entre remuneraciones y beneficios adicionales.

La entrega de canastas navideñas y otros obsequios es un acto que refuerza el vínculo entre la empresa y su personal. Sin embargo, implica responsabilidades tributarias y laborales que exigen un manejo adecuado. Conocer y aplicar correctamente las normativas permite a las empresas aprovechar los beneficios fiscales asociados y evitar contingencias legales.


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